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El plazo para reclamar un retraso o cancelación de un vuelo es de cinco años.
Este plazo lo encontramos regulado en el artículo 1964 del Código Civil, que establece: “Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”. El plazo, por tanto, empezará a contar desde que sufrimos la cancelación o retraso.
Para poder reclamar tienes que llegar como mínimo con un retraso de tres horas a tu destino final.
Este plazo lo estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 19 de noviembre de 2009, en los asuntos acumulados C – 402/7 y C – 432/ 7.
Tienes que saber que no importa con cuánto retraso salga tu vuelo, lo determinante es que acabes llegando a tu destino con más de tres horas de retraso.
Solicitar el reembolso de tu billete o un vuelo alternativo. Dependiendo del caso, podrás también reclamar una compensación económica.
En el 95% de los casos, siempre que una aerolínea alega el mal tiempo como causa de la cancelación, el consumidor acaba teniendo razón. No cualquier circunstancia meteorológica permite a la compañía cancelar tu vuelo. Tiene que ser de tal magnitud que haga imposible volar sin poner en peligro la integridad de los pasajeros. Así lo han determinado nuestros tribunales, como por ejemplo, la Audiencia Provincial de Asturias en su sentencia de 19 de enero de 2012.
El plazo para reclamar un retraso o cancelación de un vuelo es de cinco años.
Este plazo lo encontramos regulado en el artículo 1964 del Código Civil, que establece: “Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”. El plazo, por tanto, empezará a contar desde que sufrimos la cancelación o retraso.
Para poder reclamar tienes que llegar como mínimo con un retraso de tres horas a tu destino final.
Este plazo lo estableció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 19 de noviembre de 2009, en los asuntos acumulados C – 402/7 y C – 432/ 7.
Tienes que saber que no importa con cuánto retraso salga tu vuelo, lo determinante es que acabes llegando a tu destino con más de tres horas de retraso.
Solicitar el reembolso de tu billete o un vuelo alternativo. Dependiendo del caso, podrás también reclamar una compensación económica.
En el 95% de los casos, siempre que una aerolínea alega el mal tiempo como causa de la cancelación, el consumidor acaba teniendo razón. No cualquier circunstancia meteorológica permite a la compañía cancelar tu vuelo. Tiene que ser de tal magnitud que haga imposible volar sin poner en peligro la integridad de los pasajeros. Así lo han determinado nuestros tribunales, como por ejemplo, la Audiencia Provincial de Asturias en su sentencia de 19 de enero de 2012.
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