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28.07.2025
Ley de segunda oportunidad

¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad paso a paso? Guía completa 2025

¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad paso a paso? Guía completa 2025

Si tienes deudas que no puedes pagar y ya no ves salida, existe una vía legal para empezar de nuevo: la Ley de Segunda Oportunidad. Esta ley permite cancelar parte o la totalidad de tus deudas si cumples ciertos requisitos. En este artículo te explicamos cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad paso a paso, de forma clara, sencilla y actualizada a 2025.

 

INFORMACIÓN

 

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015) es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas de forma parcial o total, siempre que se demuestre que no pueden pagarlas. Su objetivo es dar una nueva oportunidad económica a quienes han fracasado financieramente, sin arrastrar esas deudas de por vida.

Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad paso a paso

Paso 1: Reunir la documentación necesaria

Para iniciar el proceso del Ley de Segunda Oportunidad, necesitas recopilar:

  • DNI/NIE y libro de familia
  • Contrato de trabajo (si lo tienes)
  • Declaraciones de la renta y vida laboral
  • Listado de deudas y acreedores
  • Justificantes de ingresos y gastos
  • Extractos bancarios y patrimonio (si aplica)

Consejo: Cuanta más documentación presentes, más rápido y sólido será tu caso. Se trata de poder acreditar ante el Juez que careces de los medios económicos necesarios para poder hacer frente a tus deudas.

Paso 2: Acreditar buena fe del deudor

Este es un requisito clave. Se considera que actúas de buena fe si:

  • Has intentado pagar tus deudas
  • No has ocultado ingresos ni bienes
  • No has sido condenado por delitos económicos
  • No has rechazado empleos adecuados
  • Has intentado previamente un acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), si era obligatorio

Paso 3: Presentar solicitud ante el juzgado

Desde la reforma de septiembre de 2022, ya no es obligatorio el acuerdo extrajudicial previo (salvo en casos de autónomos con empleados).

Debes presentar la solicitud directamente en el juzgado mercantil de tu provincia, con la documentación que justifica tu situación de insolvencia.

Además, existen unos formularios que deberás acompañar junto con tu solicitud, ya que son obligatorios y el Juzgado te requerirá para aportarlos.

Paso 4: Proceso concursal y análisis de tu situación

Una vez el Juzgado reciba la solicitud junto con toda la documentación, el juez estudiará tu caso y se abrirá un procedimiento concursal simplificado. Aquí se valorará:

  • Tu nivel de ingresos y gastos
  • El total de tus deudas
  • Si hay bienes embargables
  • Posibilidades reales de pago

Este paso suele durar entre 3 y 6 meses, dependiendo de la carga del juzgado.

Paso 5: Exoneración del pasivo insatisfecho (EPI)

Si cumples los requisitos, el juez puede concederte la exoneración del pasivo insatisfecho, es decir, la cancelación legal de todas las deudas no pagadas. Hay dos opciones:

  • EPI con liquidación de bienes: entregas lo que tienes (si aplica) y cancelas lo restante.
  • EPI con plan de pagos: conservas tus bienes, pero aceptas pagar parte en cuotas mensuales durante 3–5 años.

Normalmente, salvo que tengas algún bien embargable, el Juez declarará el concurso sin masa, es decir, sin activos (bienes). De esta manera, tus deudas se cancelarán sin que tengas que entregar ningún bien.

Una vez finalizado, quedarás libre de deudas.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Pueden hacerlo:

  • Personas físicas (particulares)
  • Autónomos y empresarios individuales
  • Ciudadanos con deudas privadas o con Hacienda / Seguridad Social (aunque estas últimas tienen límites especiales). Sin embargo, es importante en este punto tener en cuenta la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea – STJUE de 7 de noviembre de 2024. En ella, se concede la posibilidad de exonerar las deudas públicas por el importe total.

 

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¿Qué deudas no se pueden cancelar?

Aunque se cancelan la mayoría de deudas, hay algunas excepciones, que se recogen en el art. 489 del TRLC:

  • Pensiones de alimentos
  • Multas por responsabilidad civil o delitos graves
  • Deudas por fraude fiscal o laboral
  • Parte de la deuda con Hacienda/Seguridad Social (hasta ciertos límites sí es exonerable)

Normalmente, el Juez dictará una sentencia en la que se indicará que te exonera todas las deudas pero, teniendo en cuenta los límites legales. Por ello, tendrás que acudir a la legislación aplicable y ver qué deudas son las que no puedes eliminar.

¿Cuánto tarda el proceso de Ley de Segunda Oportunidad?

No hay ningún plazo legal establecido. El tiempo varía dependiendo de la carga que tenga el Juzgado, pero normalmente:

  • Preparación: 2–4 semanas
  • Tramitación judicial: 3–6 meses
  • Resolución: en la mayoría de casos,  en menos de un año tendrás tus deudas eliminadas.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Puedo acogerme a la LSO sin abogado?

No. Es obligatorio contar con abogado y procurador para iniciar el proceso.

¿Se cancela también la deuda con Hacienda?

Sólo parcialmente. Desde 2022, se pueden exonerar hasta 10.000 € con Hacienda y 10.000 € con Seguridad Social, por tramos. Sin embargo, como hemos indicado anteriormente, la reciente sentencia del TJUE, abre la puerta a cancelaciones completas de deuda pública.

¿Puedo conservar mi vivienda?

Depende. Si no tienes hipoteca impagada y tus ingresos no lo impiden, puedes conservarla mediante un plan de pagos.

Sin embargo, este es uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta. Para conservar tu vivienda, el procedimiento se tiene que plantear de la forma correcta. Por ello, es muy importante contar con asesoramiento especializado.

Conclusión

Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad puede parecer complicado, pero con la orientación adecuada y siguiendo los pasos correctamente, es una opción muy efectiva para empezar de cero sin deudas. Si estás en una situación de insolvencia, no estás solo. Esta ley está diseñada para ayudarte.

 

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