Claves de la Ley de la Segunda Oportunidad
La conocida como Ley de la Segunda Oportunidad hace referencia a la ley 25/2015 de fecha 28 de Julio de 2015, y hace referencia a la disminución de carga financiera de los deudores de buena fe que no pueden asumir las deudas contraídas. La ley entró en vigor el 30 de Julio de 2015.
Por primera vez, se han incluido en esta ley a personas físicas (ya que hasta ahora únicamente las empresas podían acogerse) para que puedan comenzar una nueva vida pese a sus fracasos económicos anteriores.
Principalmente, esta ley de segunda oportunidad va dirigida a emprendedores, autónomos, pequeños empresarios y particulares los cuales no pueden pagar deudas contraídas en el pasado.
La Ley de la Segunda Oportunidad cuenta con distintos aspectos sociales hasta ahora inexistentes. Los que más repercusión han tenido son los siguientes:
- Suspensión de desahucios.
- Incentivos para la creación de empleos estables.
- Conciliación familiar de autónomos.
Qué debes saber de la Ley de la Segunda Oportunidad
- Lo primero que se tiene que intentar es llegar a un acuerdo extrajudicial con todos los acreedores para saldar las deudas. Todo ello bajo la supervisión de un juez.
- El deudor debe ofrecer todos sus bienes o acciones de la empresa así como ofrecer un plan de viabilidad para pagar las deudas. Nunca podrá ser el plazo de pagos superior a los 10 años.
- En el caso que lo necesite, el deudor puede solicitar que un mediador concursal le ayude. Su presencia es fundamental para hacer de interlocutor entre las distintas partes. Se tiene el plazo de 2 meses para llegar a un acuerdo, de lo contrario el juez declarará el concurso de acreedores voluntario.
- Cuando se declare el concurso el juez puede exonerar parte de las deudas siempre que interprete que el deudor ha actuado de buena fe y no tiene los bienes suficientes para saldar sus deudas. Se considerará que actúa de buena fe siempre que haya intentado llegar a un acuerdo, que no se considere su culpa el haber llegado al estado de insolvencia, que no haya estado condenado por delitos contra la Seguridad Social o Agencia tributaria y que no haya rechazado cualquier oferta para mejorar sus ingresos.
- En el caso de que el juez decida exonerar las deudas, no lo hará con la totalidad de las mismas. En cualquier caso, quedarán fuera del concurso las deudas con la Agencia tributaria, Seguridad Social y los créditos por alimento (manutención de los hijos a cargo del deudor). Si que desaparecerán las deudas privadas (proveedores, bancos…)
El plazo para pedir la revocación de la condonación de las deudas por parte de los acreedores es de 5 años.
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Si ya has leído el artículo donde te contamos los Requisitos para acogerse a la ley de Segunda Oportunidad y los cumples, debes saber que sí tienes derecho a reclamar la Ley de Segunda Oportunidad.
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