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17.03.2025
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El abogado especializado en derecho concursal y cómo entender un proceso concursal

El abogado especializado en derecho concursal y cómo entender un proceso concursal

Actualmente, un despacho de abogados o un abogado especializado en derecho concursal es imprescindible para afrontar con garantías un proceso concursal.

En este artículo te explicamos y aclaramos la necesidad de un abogado especializado o experto en derecho concursal. Asimismo, intentaremos simplificar el proceso concursal para que lo comprendas de forma rápida y sencilla.

La necesidad actual de un abogado especializado en derecho concursal se sustenta básicamente en dos motivos:

  • En un exceso de normativa,  lo que exige una especialización de los profesionales en la materia.
  • Y, por otra parte, en la diversificación que ha sufrido el propio proceso concursal, lo que genera que nos encontramos con distintos tipos de procesos concursales.

Como hemos hecho en otros artículos, este artículo también está destinado a empresarios, tanto sociedades mercantiles como autónomos.  Por ello, evitaremos utilizar términos más técnicos e intentaremos simplificar todas las ideas que queremos transmitir.

vamos a distinguir tres tipos de situaciones en función del estado de la empresa, para luego ajustarlos al proceso que marca la ley

 

1.- Antes de nada. No somos una fábrica de presentación de concursos de acreedores.

Somos un despacho pequeño o mediano; como quieras verlo, pero estamos especializados.

En artículos anteriores ya hicimos éste inciso acerca de las “fábricas-despacho”, pero hemos considerado necesario reproducirlo de nuevo. Y es que en los últimos años estamos viendo cada vez más como proliferan despachos de abogados que son en realidad empresas de reclamación, que en ocasiones no analizan con detalle cada caso.

Son muchos los expedientes, como los mal llamados concursos exprés, que son en realidad concursos voluntarios por insuficiencia de masa activa. O los expedientes de Ley de Segunda de oportunidad, es decir, concursos de acreedores persona física empresaria y no empresaria se han convertido en auténticos “casos jurídicos de fabricación en serie”. Como fueron las cláusulas suelo, las acciones de Bankia o los gastos de hipoteca. Esto es un riesgo y puede conllevar graves consecuencias irreversibles.En esta materia hay multitud de casuística, es por ello que, se debe analizar minuciosamente cada caso.

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    2.- ¿Cómo entender el proceso concursal?

    Mapa conceptual para entender el proceso concursal.

    Antes de entrar en materia y “analizar” el proceso concursal, debemos precisar que la explicación que aquí se va a dar,”técnicamente” hablando, podemos decir que no es todo rigurosa. Ahora bien, el objetivo que se quiere conseguir es que el empresario comprenda de manera general el proceso concursal y tome la mejor decisión para su empresa que se encuentra en crisis.

    Así, el criterio o criterios que a continuación exponemos no es una reproducción de la ley, pero si qué pueden ayudar a entender al empresario a tener una “fotografía” general del proceso concursal.

    De este modo,  vamos a distinguir tres tipos de situaciones en función del estado de la empresa, para luego ajustarlos al proceso que marca la ley; así  comprender bien todo proceso concursal. 

    Mapa conceptual del proceso concursal.

    Mapa conceptual proceso concursal

    Descarta este mapa conceptual en PDF. PDfMapa Conceptual Proceso concursal

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    Dividimos tipo de proceso en función de la situación de la compañía y distinguiremos tres (3) escenarios. 

    1.  Empresa sin actividad y sin activos –
    2.  Empresa con actividad y con activos. 
    3.  Empresa sin actividad y con activos.

    Precisar que el denominador común de todos los escenario es la situación de insolvencia, la cual puede ser actual, inminente o previsible

    Fase previa.- El famoso pre- concurso.

    Indicar que, cuando que puede dar fase previa- El pre-concurso-: Antes de iniciar el proceso concursal, podemos decir que existe una “fase previa” en la cual, la empresa se encuentra en un estado de insolvencia inminente y cuyo fin es alcanzar acuerdos con sus acreedores. Tiene una duración máxima de 3 meses + 1- . La normativa lo recoge como: “comunicación de apertura de negociaciones.” 

    3.- Profesionales que intervienen.

    Es preceptivo, obligatorio, la presentación de la solicitud del concurso con procurador y abogado.  Así lo indica el Art. 6 del TRLC.

    1.- Abogado: será preciso la intervención de un letrado colegiado como ejerciente desde el inicio del procedimiento, es decir desde la solicitud de la demanda de concurso. 

     2.- Procurador: Del mismo modo, también es necesario comparecer mediante representación procesal, esto es, a través de un procurador. 

    Los poderes al procurador se puede otorgar: 

    • Dando poderes notariales, acudiendo a una notaria. Esto tendrá un coste. 
    • Mediante una comparecencia presencial con tu DNI y escrituras en el  mostrador del Juzgado, dando poderes “apud acta”
    • O mediante certificado digital. Realizando el apud acta electrónica, a través de la plataforma habilitada para ello. Es habitual realizarlo tras la presentación de la demanda. 

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    4.- Tipos de procedimientos.

    4.1.-Procedimiento especial de microempresa y el procedimiento ordinario.

    Hemos considerado tratar en un mismo apartado ambos procedimientos, si bien el propio TRLC los diferencia claramente y son procedimientos totalmente distintos.

    Pues bien, el motivo por el cual hemos considerado incluirlos en un mismo apartado se debe a que, se accederá a un procedimiento o a otro en función de si la empresa cumple o no determinados requisitos.

    Como se puede observar en el mapa conceptual, el estado de la compañía no determinará si tramitarlo por un procedimiento microempresa u ordinario, sino por el tipo de empresa, como veremos a continuación. 

    4.1.2.-Procedimiento especial de Microempresa.

    De este modo, en el procedimiento especial de Microempresas en su artículo 685 del TRLC, se indica los requisitos que se deben de cumplir para que la empresa acceda a este procedimiento especial.

    Deben cumplirse dos de los tres criterios o requisitos que a continuación indicamos:

    1. Durante el año anterior a la solicitud de concurso, haber empleado una media de menos de diez (10) trabajadores.
    2. Tener un volumen de negocio neto anual inferior a 700.000 euros.
    3. Que el pasivo no supere los 350.000 euros, según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior.

    Precisar, que el concurso especial de microempresa también incluye a los autónomos. 

    Profesionales intervinientes:

    Para iniciar ambos procedimientos será preciso la intervención de un abogado y procurador. No es preciso administrador concursal, salvo que se solicite

    4.1.3.-Procedimiento concursal ordinario. 

    Por lo tanto, las compañías que no cumplan tales requisitos, deberá tramitarse el procedimiento de acreedores Ordinario, regulado en el Libro primero – De la declaración del concurso.

    Hay una diferencia importante entre los dos procedimientos y es la intervención y designación del administrador concursal.

    Hay que tener en cuenta que también se tramitarán por el procedimiento ordinario, los concurso de personas físicas no empresarias, es decir, todas aquellas personas que no son autónomos. Lo que se conoce con la Ley de Segunda Oportunidad. 

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    4.2.-Concurso Exprés. 

    Concurso de acreedores EXPRES.

    También denominado procedimiento por insuficiencia o inexistencia de masa activa, es decir, sin bienes. 

    Es el procedimiento concursal que se regula en el art. 37 Bis del TRLC, y se caracteriza por ser procedimiento más rápido y ágil en la medida que no hay activos que liquidar o los activos que habría que liquidar el coste de su venta es mayor que su valor.

    Precisar que, para el caso que no se cerrará el concurso porque considerasen que hay activos para liquidar, se aperturará el procedimiento concursal de microempresa u ordinario. En este procedimiento concursal ordinario o de microempresa se procederá a liquidar los activos que se consideren y se podrán plantear otras cuestiones relativas a la administración de la compañía y por lo tanto el proceso se alargará.

    Profesionales intervinientes.

    Para iniciar ambos procedimientos será preciso la intervención de un abogado y procurador. También es recomendable tener la máxima colaboración posible con el asesor fiscal y contable de la compañía.

    4.3.-Concurso de Persona Física. Ley de Segunda Oportunidad. 

    Es un tipo de procedimiento concursal para personas físicas empresarias y no empresarias. Es decir, se incluye tanto a los autónomos como a las personas físicas que no son autónomos, trabajen o no, que se encuentren en una situación económica financiera que haga imposible atender el pago de sus deudas.

    El aspecto más relevante de este tipo procedimiento, es la fase correspondiente a la exoneración de las deudas, también denominado perdón de las deudas o condonación.

    Importante: tal y como hemos indicado anteriormente, según la persona física sea autónoma o bien persona física no autónoma, por ejemplo consumidor, deberá llevarse por un procedimiento u otro. 

    • Un autónomo, se debería tramitar por el concurso microempresa. 
    • Y una persona física no autónoma, un consumidor, se tramitará por el concurso ordinario.

    5.- Fases del procedimiento concursal.

    Debemos comenzar diferenciando varias fases dentro del procedimiento concursal, pero no tienen por qué seguir necesariamente dicho orden. Ya que es posible iniciar perfectamente en una etapa más adelantada por las circunstancias de la compañía y luego derivarse a un concurso sin masa.  Tal y como hemos explicado anteriormente.

    Podemos decir que hay secciones o subsecciones dentro de los distintos tipos de procesos concursales.

    Fases del proceso. 

    1. Proceso pre-concursal.
    2. Convenio/ Plan de Continuación.
    3. Calificación.
    4. Liquidación.

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    6.- El coste del procedimiento Concursal.

    El coste o costes que puede tener el procedimiento concursal variará en función del tipo de procedimiento concursal por el que se deba tramitar. 

    En artículos anteriores, hemos fijado cuantías aproximadas del coste para este tipo de procedimientos. A continuación, indicamos los artículos donde constan las tablas  de honorarios para cada procedimiento. 

    • Haz click AQUÍ para ver los costes de un procedimiento exprés. 
    • Haz click AQUÍ para ver los costes de un procedimiento de concurso exprés. 

    Como ya hemos dicho, son cuantías aproximadas, y podrán variar NO significativamente atendiendo a las circunstancias del caso. 

    7.-. Conclusiones

    El proceso concursal es complejo y habrá que analizar bien la situación de la empresa para trazar la mejor estrategia posible. Es por ello que se hace necesario la asistencia técnica de un despacho de abogados especializado. Actualmente AMG Legal tiene un equipo de abogados especializados en derecho concursal.

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