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11.09.2015
Consejos al volante

Si viajo con niños en mi vehículo, ¿qué medidas de seguridad debo tener en cuenta?

Si viajo con niños en mi vehículo, ¿qué medidas de seguridad debo tener en cuenta?

En ocasiones, podemos tender a considerar que las medidas de seguridad que debemos adoptar cuando llevamos a un menor como ocupante en nuestro vehículo son las mismas que las que utilizamos con un adulto, pero esto es un grave error.

Debemos tener en cuenta que, además de ser diferentes y poner en grave riesgo al menor, las sanciones por no incrementar estas medidas de seguridad son muy elevadas.

También debemos tener en cuenta que, según el medio de transporte en el que llevemos al menor, las medidas de seguridad o sistemas de seguridad que tenemos que utilizar son diferentes.

Medidas de seguridad infantil según el vehículo

Tal como explicábamos arriba, la seguridad infantil y la normativa que la rige difiere según el tipo de vehículo en el que viajamos.

A continuación expondremos de manera breve y clara las medidas de seguridad infantil que se deben adoptar en las motocicletas, bicicletas o turismos.

Seguridad para niños en motocicletas

En primer lugar, tenemos que hacer mención a la edad mínima para viajar que establece el Reglamento General de Circulación.

Así, el artículo 12 de dicho Reglamento prohíbe viajar a los menores de 7 años en ciclomotores y motocicletas; y de los 7 a los 12 años solo podrán viajar acompañados de padre, madre o tutor.

Además, el citado artículo establece los requisitos para llevar a un niño mayor de 12 años:

  • a) Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
  • b) Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.
  • c) En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.

También es importante que nuestra motocicleta se encuentre homologada para  llevar a un ocupante, debido a que muchas no están preparadas para que sobre ellas vayan dos personas.

Al igual que los adultos, deben utilizar el casco. Es muy importante que el tamaño del casco sea el adecuado, ya que en caso contrario no cumplirá su finalidad. Es recomendable que el casco sea integral en vez de abierto o del tipo “jet”.

Por último, en la vuelta al colegio es probable que los mejores porten mochilas u otro accesorios. En tal caso, se deben colocar en un lugar habilitado para ello, como el maletero de la moto o alguna otra zona donde se pueda colocar con seguridad.

De este modo, conseguiremos que el menor pueda sujetarse cuando se inicie la marcha.

Medidas de seguridad en bicicletas para niños

Cuando llevamos a niños en bicicletas cometemos multitud de errores que pueden poner en peligro su salud. En ocasiones, cuando circulamos en la bici no somos conscientes lo vulnerables que somos y el peligro que conlleva. Por ello, es muy importante que cuando llevemos a un niño en bicicleta adoptemos las medidas de seguridad adecuadas.

En este sentido, se tiende a llevar al menor en un lugar inadecuado, como en el manillar o de pie en el portabultos. Es necesario que el menor se encuentre sentado en una silla homologada para ello.

Existen multitud de sillas para llevar al menor: traseras, delanteras, incluso en remolques habilitados, etc. Del mismo modo que en las motocicletas, debemos prestar especial atención a la edad del menor. Asimismo, debemos hacer mención a la obligación para zonas interurbanas del uso del casco homologado.

Tal y como indica el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y según la última redacción vigente de fecha 9 de mayo del 2014, el artículo 47 de dicha ley establece que:

Los conductores y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los supuestos y con las condiciones que reglamentariamente se determinen, siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años, y también por quienes circulen en vías interurbanas”.

Y siguiendo artículo 117 del Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico establece que:

“Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas. Excepto en rampas ascendentes prolongadas. También por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor”.

Por lo tanto:

  • Los mayores de 16 años deberán utilizar el casco en zonas interurbanas.
  • Los menores de 16 años deberán utilizar el casco homologado, sean conductores de bicicletas u ocupantes.

Seguridad infantil en el coche

Como bien sabemos, cuando llevamos a niños en el coche que son menores debemos colocar la silla homologada a tal efecto, tal como marca la normativa

En este apartado debemos hacer especial mención a la nueva normativa que entró en vigor en octubre del 2015. Establece que cuando la estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de 12 años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros. En caso contrario, deberá utilizarse una silla homologada para ellos.

Tal y como hemos expuesto, es muy importante adoptar estas medidas de seguridad y tener siempre en cuenta cuando portemos un menor en los vehículos que hemos indicado.

Para cualquier duda o cuestión relacionada con accidentes de circulación es recomendable ponerse en contacto con un abogado especialista en accidentes de circulación.

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2 Comments

  1. KangApp
    06/02/2017 at 17:41

    Hola,

    En KangApp somos muy partidarios de todo lo que implica viajar y desplazarse con niños siempre cumpliendo las medidas de seguridad correspondientes. Es por ello que este post nos ha gustado y nos gustaría compartirlo en nuestro blog. ¿Podemos? Siempre linkamos al origen del post que, además, publicamos como post invitado.

    ¡Gracias!

    1. AMG Legal
      07/02/2017 at 09:34

      Hola KangApp. ¡Nos alegra que os haya gustado el post! Hemos echado un vistazo a vuestra web y nos encanta, así que total libertad para publicarnos 😉
      ¡Mil gracias!