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07.09.2017
Plusvalía

¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal y cómo se puede reclamar?

¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal y cómo se puede reclamar?

Si vendiste tu casa después de 2013 por menos de lo que te costó cuando la compraste puedes recuperar el impuesto de plusvalía municipal que pagaste en su día a tu Ayuntamiento. Así lo ha dicho el pasado 11 de Mayo el Tribunal Constitucional en su sentencia de Plusvalía Municipal.

¿Qué es la plusvalía?

La plusvalía municipal se trata de un impuesto que cobran los Ayuntamientos al venderse un inmueble. Con este impuesto se buscaba gravar el incremento que se producía en el valor del terreno, vivienda o local, pues los Ayuntamientos dan por hecho que el mero hecho del paso del tiempo hace aumentar dicho valor, independientemente de que se haya vendido por debajo de lo que compraste. Esto evidentemente no siempre es así.

La crisis inmobiliaria que hemos vivido en nuestro país desde 2007 ha hecho que se hayan vivido muchas viviendas por menos de lo que se pagó en su día. Por lo tanto, en estos casos no tiene sentido tener que pagar un impuesto concebido por el valor creado en una vivienda.

¿Qué es la plusvalía para un ayuntamiento?

Lo único que han realizado los Ayuntamientos es calcular los años que has tenido la casa en propiedad y reflejarlo en el valor catastral. Esto hace que aunque el precio de vivienda haya bajado, siempre estábamos obligados a pagar dicho impuesto.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional a través de una sentencia sobre la plusvalía se ha pronunciado diciendo que el cobro de este impuesto cuando no haya existido incremento de valor derivado de una venta es contrario al principio de capacidad económica, convirtiéndose únicamente en un objetivo puramente recaudador, lo que prohíbe la Constitución vigente.

¿Quién puede reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

Solo pueden reclamar el impuesto de plusvalía municipal quien cumpla estos dos requisitos.

  • Venta de piso desde 2013
  • Que con la venta que da lugar al pago del impuesto se haya incurrido en pérdidas (precio de venta menor a precio de compra).
  • Si hiciste autoliquidación (fuiste tú al Ayuntamiento a pagar el impuesto) que no hayan pasado más de 4 años.
  • Si fue el Ayuntamiento el que te giró un recibo con el impuesto (liquidación) que no haya pasado más de un mes desde la fecha en la que te lo notificaron.

¿Cuál es el procedimiento a seguir para reclamar la sentencia de plusvalía?

Ahora que ya sabes qué es la plusvalía tienes que saber que se trata de un proceso lento y laborioso que puede llegar hasta los 2 años y medio, en los cuales nosotros nos encargamos de todo. Lo haremos todo online para que no tengas que perder nada de tiempo en reclamar el impuesto de plusvalía. Solamente necesitaremos los siguientes documentos:

  • Escritura de compraventa: cuando compraste la vivienda (si no la tienes el banco te la deberá facilitar).
  • Escritura de compraventa: cuando vendiste la vivienda.
  • El justificante de haber pagado el impuesto de plusvalía en el Ayuntamiento.

Todo ello, lo puedes enviar a través de este formulario y nosotros nos encargamos de todo. También puedes llamar a nuestro teléfono gratuito 960 235 367 y uno de nuestros abogados especializados te asesorará.

 

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