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19.12.2017
Plusvalía

No residentes: ¿quién paga la plusvalía municipal?

No residentes: ¿quién paga la plusvalía municipal?

El impuesto de plusvalía municipal es aquel al que se sujeta el incremento de valor de los bienes inmuebles urbanos. Este impuesto se aplica a la compraventa o bien a la donación de bienes inmuebles y es de carácter recaudatorio para los ayuntamientos. Habiendo aclarado este concepto, imagina que has vendido un bien inmueble en tu ciudad y el sujeto que te lo va a comprar es no residente; la pregunta es: ¿quién paga la plusvalía municipal en ese caso?

Sujeto a cargo del impuesto de plusvalía

No podemos contestar esta cuestión sin aludir a la Ley de Haciendas Locales, que en su artículo 106.2 expone que en este caso, entendiéndose que la transmisión que se ha realizado es onerosa, es decir, a cambio de un precio, será el sustituto del sujeto pasivo anterior, es decir, el comprador, en caso de que sea una persona física que tiene la categoría de residente en España.

Por otro lado, también debemos remitirnos a la Ley General Tributaria, que en su artículo 36 dispone que será el comprador quien debe hacerse cargo de pagar el impuesto de plusvalía al ayuntamiento que corresponda. No obstante, y esto es de gran relevancia, de acuerdo con el mismo artículo, el contribuyente es el vendedor y, como tal, deberá satisfacerle al comprador la cantidad que corresponda para que abone dicho impuesto.

¿Cómo reclamar la plusvalía municipal?

El impuesto de plusvalía está generando mucha polémica en los últimos años. Esto se debe a que la aplicación del mismo se realiza con independencia de que haya habido o no un beneficio. Y es que durante el tiempo en el que el mercado inmobiliario estaba en alza, con el boom, todas o casi todas las ventas generaban plusvalía. No obstante, en la actualidad, muchos sujetos están realizando ventas a un precio muy inferior al que lo adquirieron.

Si quieres reclamar la plusvalía municipal, en primer lugar deberás mirar si este es tu caso, además de observar si han pasado ya cuatro años desde que se realizó la liquidación del impuesto. El siguiente paso que tienes que dar es obtener toda la documentación acreditativa del pago de las plusvalías, como las escrituras de venta y de compra. Así podrás demostrar las cantidades exactas que has abonado de más sin tener que hacerlo.

Una vez realizado estas acciones, la reclamación será ante el ayuntamiento, con un escrito en el cual solicites que se te devuelva lo que hayas pagado de más. En caso de que sea rechazado el escrito, podrás presentar ante el mismo el recurso de reposición o, si lo prefieres, realizar una reclamación que tendrías que presentar en el Tribunal Económico-Administrativo.

Si, a su vez, vuelve a ser desestimado este procedimiento ulterior, podrás entonces acudir a la vía judicial dentro de los dos meses posteriores. Este procedimiento es costoso y consiste en un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de tu comunidad autónoma.

En la actualidad, cada día son más numerosas las sentencias que favorecen al contribuyente y anulan estas liquidaciones del impuesto de plusvalía por parte de los ayuntamientos. La sentencia del Tribunal Constitucional al respecto obligará finalmente a que la normativa sea cambiada.

Por desgracia, son muchos los perjudicados por la aplicación del impuesto. Una vez resuelta la cuestión de quién paga la plusvalía, si crees que estás en la situación de haber vendido tu vivienda a un precio inferior al coste de adquisición, no dudes en contar con abogados expertos que te ayuden a reclamar tu plusvalía municipal. Si cuentas con nuestros profesionales para resolver tu situación, no solo ganarás tiempo y eficiencia, sino también tranquilidad.

AMG Legal: Despacho de abogados especialistas en reclamaciones

En AMG Legal somos un despacho de abogados especialistas en reclamaciones. Si necesitas ayuda o quieres que reclamemos el impuesto de plusvalía municipal por ti, puedes contarnos tu caso aquí o llamarnos al 960 235 367. ¡Estaremos encantados de ayudarte!

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