El derecho a la compensación por retraso de vuelo
El siglo XXI ha democratizado los viajes internacionales gracias a las aerolíneas low cost. Sin embargo, la masificación del sector ha provocado que las compañías de aviones no siempre cumplan con sus obligaciones. Si eres uno de los miles de afectados que cada año sufren una cancelación o un retraso de más de tres horas no debes resignarte. Tienes derecho a una compensación por retraso de vuelo o cancelación. En esta nueva entrada en el blog te informamos de cómo reclamarla.
Reúne toda la documentación relativa al viaje
Parece un tópico, pero es necesario reunir toda la documentación para canalizar la reclamación. Por un lado, las tarjetas de embarque. Actualmente estos documentos se suelen remitir vía correo electrónico, por lo que es fácil hallar una copia. Por otro lado, las facturas de todos aquellos gastos ocasionados como consecuencia del retraso o la cancelación del vuelo. Entre los que tienes que incluir están los gastos de hotel, taxis, comidas e incluso las facturas telefónicas.
Es necesario interrumpir la prescripción e iniciar el procedimiento de reclamación extrajudicial
Hemos de remontarnos a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de noviembre de 2012, que estableció que no existe una normativa de la Unión Europea que limite el plazo para reclamar las compensaciones previstas por cancelación o retraso del vuelo. Por tanto, cada Estado miembro de la Unión Europea deberá estar a lo que establezca su propio derecho interno.
En consecuencia, en España, al tratarse de una indemnización que nace por un incumplimiento de un contrato, de acuerdo con el artículo 1964 del Código Civil, prescribirá a los quince años toda aquella acción personal que no tengan señalado un término específico, teniendo que tomarse este plazo general para la correspondencia con el Reglamento CE 261/2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.
¿Quiere esto decir que conviene tomárselo con calma?
No. Que exista un plazo tan largo no evita que los daños, en estos casos los gastos y compensaciones, tengan que probarse. En el supuesto concreto de cancelación o retraso de un vuelo, tiene que demostrarse que efectivamente se canceló el vuelo y su prueba es más fácil cuanto más próximamente a la cancelación se interponga la reclamación. Si esperas varios años, aun teniendo razón, es probable que la compañía te alegue que ya no hay datos relativos a ese vuelo y se opondrán a resarcirte cualquier tipo de compensación.
¿Cómo iniciar el procedimiento de reclamación de compensación por retraso de vuelo o cancelación?
Lo primero que debes hacer es dirigir una carta al servicio de atención al cliente de la compañía de aviación en la que te identifiques e informes del número de vuelo retrasado o cancelado y de aquellas consecuencias que ese hecho te ocasionó; puede ser haber tenido que contratar una noche de hotel o perder un día de estancia en el lugar de destino. Además, es conveniente que expongas los hechos como si de un relato se tratase, con datos que los prueben.
A esta carta es conveniente que adjuntes copia de toda la información de la que dispongas, valores en ella esos daños conforme al referido Reglamento CE 261/2004 y la firmes.
¿Es un procedimiento complicado?
Es un procedimiento en el que intervienen muchas facultades del profesional que, en su caso, lo tramita. Las compañías suelen evitar indemnizar automáticamente y alargan el procedimiento lo máximo posible. En consecuencia, muchos afectados desisten, por lo que es conveniente que contactes con un profesional.
Si consideras que son muchos los trámites, existen empresas con experiencia en la reclamación de compensación por retraso de vuelo que únicamente facturan un porcentaje sobre la indemnización, y solo si la consiguen, una vez que te han ingresado el importe en la cuenta.
Además, si la empresa no atiende la reclamación en dos meses, tienes que contactar con un profesional que la reclame por la vía judicial mediante la interposición de la correspondiente demanda.
¿Cuánto corresponde de indemnización?
Conforme al Reglamento CE 261/2004 y a las mejoras que puedan establecer las compañías, las indemnizaciones suele oscilar entre los 250 y los 600 euros. En concreto, los vuelos hasta 1500 km ascienden a 250 euros, los de más de 1500 dentro de la Unión Europea y todos lo demás vuelos entre 1500 y 3500 km, a 400 euros y, por último, ascienden a 600 euros todos aquellos vuelos fuera de la UE de más de 3500 km.
No dudes en consultarnos antes de reclamar una compensación por retraso de vuelo o cancelación. Hemos llevado muchas reclamaciones contra aerolíneas y conocemos cómo funcionan y el trato poco amable que dan a los reclamantes. Por eso, si quieres evitar enfrentarte a la compañía, déjalo en nuestras manos. Te asesoraremos y representaremos en el procedimiento extrajudicial y, en su caso, judicial. Nosotros cobraremos solo si tú cobras y únicamente un porcentaje de la indemnización que recibas.
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