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09.07.2021
Herencias

Cómo redactar un testamento

Cómo redactar un testamento

Ya sea por haber alcanzado una determinada edad, o simplemente por querer repartir y asegurar el futuro de nuestros bienes, a todos nos llega el momento en que nos preguntamos cómo redactar un testamento. En el siguiente artículo, intentaremos explicarte, brevemente, cómo se hace un testamento, los distintos tipos de testamento que existen y, por qué es conveniente hacerlo.

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¿Por qué hay que hacer testamento?

En primer lugar, el testamento es un documento de gran utilidad, que nos permite decidir cómo queremos que se repartan nuestros bienes tras nuestro fallecimiento. También podremos designar a las personas que queramos que hereden nuestros bienes, es decir, a nuestros herederos, respetando siempre las limitaciones que nos marca la ley.

Además, tienes que saber que cuando ya hemos hecho un testamento, éste puede ser revocado si hacemos uno nuevo, cumpliendo los requisitos establecidos, pudiendo llegar a quedar el anterior sin efecto.

¿Cómo se hace un testamento?

Para saber cómo se hace un testamento, primero tenemos que conocer los tipos de testamento que existen. Dependiendo del tipo de testamento que queramos hacer, tendremos que cumplir unos requisitos de forma determinados.

También nos resultará útil conocer los tipos existentes para saber dónde hacer el testamento, ya que, como veremos, en algunos casos tendremos que hacerlo con un notario.

Es importante que nos aseguremos de que el testamento ha sido elaborado conforme marca la Ley, ya que, de lo contrario, podríamos incurrir en alguna de las causas de impugnación. 

Tipos de testamento

Podemos dividir los distintos tipos de testamento en dos grupos: testamentos comunes y testamentos especiales. El primer grupo se divide, a su vez, en el testamento ológrafo, testamento abierto y testamento cerrado. En el segundo grupo podemos encontrar el testamento militar, el marítimo y el testamento hecho en un país extranjero.

Únicamente nos centraremos en el primer grupo, en los comunes, por ser los de mayor uso entre la mayoría de la población.

1. Testamento ológrafo

Encontramos su regulación en los artículos 688 a 693 del Código Civil.

Es aquel que está escrito y firmado por el propio testador, que deberá ser mayor de edad, y deberá expresar el año, mes y día en que se otorga. Además, para que sea válido, deberá protocolizarse ante Notario dentro de los cinco años siguientes al fallecimiento del testador.

Es importante saber que, en caso de fallecimiento del testador, la persona que tenga en su poder el testamento ológrafo, deberá presentarlo ante Notario en los diez días siguientes a conocer el fallecimiento, de lo contrario, podrá responder de los daños y perjuicios causados.

Una vez el Notario compruebe que es correcto, autorizará la protocolización de este.

2. Testamento abierto

Regulado en los artículos 694 a 705 del Código Civil.

Es el tipo de testamento más utilizado. El testador acude directamente al Notario para expresar ante él su última voluntad y realizarlo. El Notario redactará el testamento y lo leerá en voz alta para que el testador confirme su voluntad.

En caso de que el testador no tenga la capacidad necesaria o no sepa o pueda firmar, al acto deberán acudir dos testigos idóneos para poder llevar a cabo el otorgamiento.

3. Testamento cerrado

Es el último entre los tipos más comunes que encontramos, y su regulación viene recogida en los artículos 706 a 715 del Código Civil.

Es el testamento redactado por el testador e introducido dentro de una cubierta, cerrada y sellada, de manera que no pueda extraerse aquél sin romper ésta. El testador tendrá que llevarlo al Notario y, una vez cumplidos los requisitos legales y autorizado, el Notario se lo entregará al testador, que podrá conservarlo él mismo, entregárselo en guarda a otra persona o depositarlo en poder del Notario.

Para el caso de que el testamento haya sido otorgado en guarda de otra persona, ésta deberá hacerle entrega al notario competente en el plazo de diez días desde que tenga conocimiento del fallecimiento del testador.

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