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23.04.2021
Accidente de Tráfico

Indemnización por los gastos de adecuación de vivienda en accidente de tráfico

Indemnización por los gastos de adecuación de vivienda en accidente de tráfico

Sufrir un accidente de tráfico con lesiones graves puede suponer tener que afrontar unos gastos para adaptar la vivienda o buscar una alternativa habitacional. A continuación, te explicamos cómo resarcir la indemnización por los gastos adecuación de la vivienda en un accidente de tráfico cuando se sufre una pérdida de autonomía personal muy grave o grave.

Previamente a tratar los gastos de adecuación de la vivienda, debemos definir otros conceptos como la pérdida de autonomía personal. Regulado en el artículo 50 y 51 del Real Decreto 8/2004 de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

La pérdida de autonomía personal consistente en el menoscabo físico, intelectual, sensorial u orgánico que impide o limita la realización de las actividades esenciales de la vida ordinaria.

¿Y qué son las actividades esenciales? se entiende por actividades esenciales de la vida ordinaria como; comer, beber, asearse, vestirse, sentarse, levantarse y acostarse, controlar los esfínteres, desplazarse, realizar tareas domésticas, manejar dispositivos, tomar decisiones y realizar otras actividades análogas relativas a la autosuficiencia física, intelectual, sensorial u orgánica.

Por lo tanto, cuando las lesiones te impiden o limitan GRAVEMENTE llevar a cabo las actividades arriba indicadas como comer, beber, asesarse, etc. se podrá reclamar los gastos de adecuación a la vivienda o buscar una alternativa habitacional.

Ya tratamos este concepto de autonomía personal en el artículo de las secuelas, haz clic aquí para leerlo.

¿Qué son los gastos de adecuación de vivienda?

Los gastos de adecuación a la vivienda. Es el importe de las obras necesarias para adecuar la vivienda del lesionado de un accidente de tráfico, donde se ven afectadas las actividades de su vida diaria. Es decir, que no puede llevar a cabo con normalidad actividades como comer, desplazarse, acostarse o manejar dispositivos.

Como posibles supuestos de adecuación de la vivienda a la situación del lesionado, podemos establecer los siguientes:

  • Ensanchar puertas para permitir el paso de una silla de ruedas.
  • Modificación de escalones y otras diferencias de nivel.
  • Construcción de rampas.
  • Adaptación de los sanitarios y otras reformas.

Los gastos de adecuación de la vivienda y alternativa habitacional se encuentran regulado en el en el art .118 .1 y 2 en la tabla 2.C. del Real Decreto 8/2004 de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y así cita:

Se resarce el importe de las obras de adecuación de la vivienda a las necesidades de quien sufre una pérdida de autonomía personal muy grave o grave, incluyendo los medios técnicos”.

No obstante, es importante señalar que NO todo gasto es indemnizable, ni será cubierto por la aseguradora o responsable del accidente; por ello, es muy importante contar con especialistas para determinar cuál es la cuantía a reclamar y cómo proceder.

¿Qué debo tener en cuenta?

  • No se incluyen aquellas reformas que no tengan por objeto adaptar la vivienda a la pérdida de autonomía de la víctima (Ej: arreglar una grieta o cambiar una bajante).
  • Es recomendable acreditar todos los gastos mediante dictamen de un perito arquitectónico ante la aseguradora. También cabe la posibilidad de aportar un presupuesto elaborado por arquitecto o técnico colegiado.
  • Solo hasta un límite de 150000 euros. 

Sin embargo, puede darse la situación en la que, por distintas causas, la reforma no sea la opción más viable:

  • Es posible que vivas de alquiler y el dueño no permita los cambios.
  • Si hay barreras arquitectónicas que impiden realizar modificaciones, o, situaciones como, por ejemplo, que la finca no disponga de ascensor.
  • O que el coste de la reforma es superior al que supondría la adquisición de una nueva vivienda.

Entonces, ¿qué opciones tengo?

La solución la da el propio artículo 118 del Real Decreto de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor en su apartado segundo, establece la posibilidad de buscar un nuevo alquiler.

Así indica: “Si no fuera posible la adecuación de vivienda y se debiera adquirir o arrendar otra vivienda adaptada de características similares, se resarce la diferencia del valor en venta o de la renta capitalizada de ambas viviendas y los gastos que tal operación genere hasta el límite establecido”.

Por tanto, es posible optar tanto por buscar un nuevo alquiler, llegando a cubrir la diferencia del coste. O adquirir una nueva vivienda adaptada a nuestras circunstancias. No obstante, el artículo fija como límite a esta posibilidad, que se trate de una vivienda de características similares. Valorándose para ello:

  • Ubicación
  • Tamaño
  • Calidades constructivas

Concluyendo, la respuesta legal es extensa a la hora de reclamar estos gastos en los que la vivienda pierde funcionalidad para la víctima. Pero es importante seguir el proceso de forma adecuada. Y así evitar futuras complicaciones con la aseguradora. Además de tener en cuenta que gastos son cubiertos por éstas.

A continuación indicamos las siguientes Sentencias de relevancia:

  • Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, de 19 de marzo del 2019. Descargarla aquí.
    Sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel, de 3 de Junio del 2020. Descargarla aquí.
  • Sentencia del Juzgado de 1º Instancia de Valladolid, de 28 de enero del 2020. Descargarla aquí.

Por tanto, para poder conseguir la indemnización que legalmente te corresponde, es recomendable recurrir a un despacho de abogados especializado en accidentes de circulación que te asesore y te sepa orientar para que la compañía aseguradora te abone la indemnización por secuelas correspondiente.

AMG Legal es un despacho de abogados especializado responsabilidad civil derivada en accidente de circulación. Como despacho especializado en accidentes te ayudará y asesorará durante todo el proceso de reclamación. Hasta conseguir el máximo de indemnización.

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